Alcorcón actualiza la campaña de información e inspección de piscinas colectivas para adaptarlo a las recomendaciones

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Alcorcón ha solicitado la firma de un convenio para dotar a la entidad local de recursos que pueda dar respuesta a las incidencias cotidianas de forma ágil y próxima en el municipio y promover acciones compatibles, especialmente dirigidas a la concienciación medioambiental del valor de los espacios naturales para la ciudadanía.

El Ayuntamiento de Alcorcón ha actualizado los términos de su campaña informativa sobre las recomendaciones y condiciones de apertura de las piscinas de uso colectivo recreativo de la ciudad tras la publicación de la orden 668/2020, de 19 de junio, de la Consejería de Sanidad que establece medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 tras el fin de la prórroga del estado de alarma.

En relación a las medidas de higiene y prevención, las piscinas al aire libre o cubiertas para uso recreativo, deberán respetar el límite del cincuenta por ciento de su capacidad de aforo, tanto en lo relativo al acceso como durante la propia práctica recreativa.

De modo general, para el cálculo del aforo máximo de acceso y permanencia en cada momento en las instalaciones, se podrá utilizar la consideración de que cada usuario debe disponer de 3 metros cuadrados de superficie en la zona de playa o recreo, es decir, 3 metros cuadrados de la superficie de la zona contigua al vaso y a su andén o paseo, y que se destina al esparcimiento y estancia de los usuarios. En este ámbito, quedan exentas de estas limitaciones las piscinas de viviendas unifamiliares de uso privado.

Durante su uso, se mantendrán las debidas medidas de seguridad y protección, especialmente en la distancia de seguridad interpersonal entre los usuarios no convivientes, disponiendo de 3 metros cuadrados en el vaso por usuario, cumpliendo con las recomendaciones, medidas y normas establecidas por las autoridades sanitarias.

En las zonas de estancia de las piscinas se establecerá una distribución espacial para procurar la distancia de seguridad interpersonal entre los usuarios no convivientes, mediante señales en el suelo o marcas similares. Todos los objetos personales, como toallas, deben permanecer dentro del perímetro establecido, evitando el contacto con el resto de usuarios. Se habilitarán sistemas de acceso que eviten la acumulación de personas y que cumplan las medidas de seguridad y protección sanitaria.

Se recordará a los usuarios, por medios de cartelería visible o mensajes de megafonía, las normas de higiene y prevención a observar, señalando la necesidad de abandonar la instalación ante cualquier síntoma compatible con el COVID-19.

Sin perjuicio de aplicación de las normas técnico-sanitarias vigentes, en las piscinas de uso colectivo deberá llevarse a cabo la limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a los espacios cerrados como vestuarios o baños al menos dos veces al día una de ellas con carácter previo a la apertura de cada jornada.

Asimismo, deberán limpiarse y desinfectarse los diferentes equipos y materiales como vasos, corcheras, material auxiliar de clases, reja perimetral, botiquín de primeros auxilios, taquillas, así como cualquier otro en contacto con los usuarios, que forme parte de la instalación. Igualmente, se establecen medidas para la desinfección de superficies, medición de cloro libre residual, el uso y limpieza de los aseos y otros aspectos.

Además del cumplimiento general de las medidas de higiene y prevención establecidas, en el caso de que en las instalaciones se preste algún tipo de servicio de hostelería y restauración, la prestación del servicio se ajustará a lo previsto en las condiciones para la prestación del servicio en los establecimientos de hostelería y restauración.