Los hosteleros que tuvieran terraza previa a las medidas excepcionales adoptadas por el Ayuntamiento podrán abrir hasta la 1:00 h renunciando a los beneficios de las mismas, respetando el 75 % de aforo sobre la superficie originaria y notificándolo al distrito
La Junta de Gobierno ha aprobado esta mañana el cierre a las 00:00 h de las terrazas que se hayan acogido a las medidas excepcionales recogidas en la Resolución 51 de apoyo a las terrazas a consecuencia del estado de alarma por la crisis COVID-19. Esta resolución fue adoptada por la Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración, dependiente del Área Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana el 14 de mayo de 2020. Según ha informado la vicealcaldesa de Madrid, Begoña Villacís, esta medida entrará en vigor mañana viernes, 4 de junio, y afectará a más de 3.000 `terrazas COVID´ de la capital.
Esta decisión se ha consensuado al amparo del punto 5 del apartado 23 de la Orden 700/2021, de 28 de mayo de la Comunidad de Madrid, en virtud del cual “los ayuntamientos podrán reducir el horario de funcionamiento de las terrazas o adoptar otras medidas en el ámbito de sus competencias atendiendo a razones de interés general, con objeto de conciliarlas con las condiciones medioambientales del entorno y las exigencias de uso del espacio público”.
Asimismo, han servido para adoptar esta medida otros dos elementos. En primer lugar, el resultado que ha arrojado un informe solicitado por el Área Delegada de Coordinación Territorial al Área de Medio Ambiente y Movilidad acerca del impacto acústico producido por las terrazas autorizadas al amparo de las medidas excepcionales de la Resolución 51. Dicho informe, emitido con fecha 30 de mayo, recomienda la delimitación del horario nocturno de las terrazas que se hayan acogido a la misma para reducir el impacto acústico. En segundo lugar, las propuestas de asociaciones vecinales y hosteleros en sendas reuniones mantenidas con el equipo de Gobierno para encontrar soluciones conciliadoras de ambas posturas, de manera que el Ayuntamiento pueda continuar apoyando al sector de la hostelería sin merma del derecho al descanso de los vecinos.
Posible cierre a la 1:00 h
Los hosteleros que dispongan de autorización de terraza previa a las medidas excepcionales contempladas en la Resolución 51 de la Ordenanza de Terrazas de 14 de mayo de 2020 podrán mantenerla abierta hasta la 1:00 h, horario de cierre propuesto por la Comunidad de Madrid, renunciando a los beneficios de la resolución y limitando el aforo al 75 % de la superficie originaria de la misma, estipulada por la autoridad sanitaria competente. Esta decisión deberá ser comunicada expresamente al distrito correspondiente.