La Comunidad de Madrid estará cerrada perimetralmente en el puente de San José y en Semana Santa, pero recurrirá la decisión al Gobierno central

Control policial en el acceso a la capital.

La región estará cerrada perimetralmente entre el 17 y 21 de marzo y entre el 26 de marzo y el 9 de abril

La Comunidad de Madrid aplicará el cierre perimetral impuesto por el Gobierno central para el puente de San José y Semana Santa ante el COVID-19. No obstante, recurrirá ante la Justicia la decisión del Ejecutivo por no estar de acuerdo con la efectividad técnica de la medida y entender que, jurídicamente, el Ministerio de Sanidad no puede imponer un Acuerdo del Consejo Interterritorial que no ha sido adoptado por consenso y que no es vinculante.

Así lo han anunciado hoy el viceconsejero de Salud Pública y Plan COVID-19, Antonio Zapatero, y la directora general de Salud Pública, Elena Andradas, que este mediodía han informado en su comparecencia desde la Consejería de Sanidad sobre la situación epidemiológica y asistencial de Madrid y las últimas decisiones de los cierres perimetrales.

De este modo, la Comunidad de Madrid cumplirá con la Orden Comunicada de la ministra de Sanidad, Carolina Darias, por la que se aprueba la declaración de actuaciones coordinadas frente al coronavirus con motivo de ambas festividades. El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid publicará mañana un nuevo Decreto para aplicar el cierre perimetral entre el 17 y el 21 de marzo y entre el 26 de marzo y el 9 de abril.

Se amplía la prohibición de reuniones de no convivientes en domicilios

Por otro lado, el Decreto que se publicará mañana en el BOCM prorrogará hasta el 9 de abril la prohibición de reuniones de no convivientes en domicilios, salvo que se trate de cuidados a terceras personas (mayores, dependientes, menores de edad o personas vulnerables). La Consejería de Sanidad recuerda que el 80% de los contagios del virus se producen en el ámbito familiar y domiciliario.

También se mantiene en la región, hasta el 9 de abril, la limitación de movilidad nocturna desde las 23:00 horas hasta las 06:00 horas y que el sector de la hostelería y de la restauración pueda permanecer abierto hasta esa hora, quedando prohibida la entrada de nuevos comensales después de las 22:00 horas.

Se levantan las restricciones en todas las zonas básicas de salud que estaban perimetradas y sólo se introduce Morata de Tajuña

En cambio, la Dirección General de Salud Pública, debido a la buena evolución epidemiológica, ha decidido levantar las restricciones de movilidad a todas las zonas básicas de salud y localidades que estaban perimetradas y sólo entra como nueva Zona Básica de Salud el municipio de Morata de Tajuña, donde se introduce la limitación de entrada y salida salvo por motivos justificados durante las dos próximas semanas.

En este sentido, la directora general de Salud Pública ha explicado que debido a
la situación epidemiológica se mantienen las restricciones con los siguientes
criterios: umbral superior a 400 casos, observación de transmisión comunitaria y
la tendencia.

La Consejería de Sanidad recuerda que el número de comensales en las terrazas
se mantiene con un máximo de seis personas por mesa, y un máximo de cuatro
comensales en el interior de los establecimientos. Asimismo, reitera la
obligatoriedad del uso de mascarilla de forma continuada, tanto en el interior como
en la terraza, excepto en el momento concreto de la ingesta de bebida o comida.

Además, sigue siendo obligatorio, dentro de las medidas preventivas para hacer
frente al coronavirus, asegurar la ventilación adecuada de los establecimientos,
ya sea por medios naturales o mecánicos; y se mantiene la prohibición del
consumo en barra.