Las instalaciones deportivas de las poblaciones que se vean afectadas por la resolución del Ministerio de Sanidad publicada este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE) solo podrán utilizarse «con un aforo máximo del 50 % en espacios interiores y del 60 % en exteriores».
El apartado 8 de la resolución también señala que «la práctica deportiva en grupos se reducirá a un máximo de seis personas«.
En las competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional y en las competiciones internacionales que estén bajo la tutela de las federaciones españolas y que se desarrollen en esos municipios se aplicará el protocolo del Consejo Superior de Deportes (CSD).
Estas limitaciones se refieren a cualquier población española de más de cien mil habitantes con al menos 500 casos nuevos de coronavirus por cada 100.000 personas, más de un 10 % de positivos en las pruebas de diagnóstico PCR y una ocupación de las unidades de cuidados intensivos que supere el 35% de camas disponibles.
La salida y entrada de las ciudades se podrá justificar por motivos de trabajo, médicos, de estudios, y de fuerza mayor, entre otros.
Según la resolución publicada en el BOE, en la actualidad hay en España 11 municipios de más de 100.000 habitantes, que incluyen 4.988.601 habitantes, con tasas de incidencia superiores a los 500 casos por cien mil habitantes.
Fuente: © EFE 2020.