La denuncia se realizó en mayo del 2020 a una vecina por el incumplimiento de los paseos en franjas horarias según la edad.
Un juez del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha sentenciado que una vecina de Arroyomolinos deberá pagar una multa por incumplir las limitaciones de movilidad durante el estado de alarma.
El día 5 de mayo del 2020, en pleno desconfinamiento, esta vecina arroyomolinense paseó por la calle con dos menores de 14 años en el horario que correspondía a los mayores de 70. La sanción, que tiene un costo de 600 euros, se impuso tras una denuncia de la Policía Municipal. En términos jurídicos, el motivo de la multa fue el incumplimiento de la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana.
En un principio, esta vecina se aferró a la opción de pagar la sanción en un plazo menor de 15 días. De esta forma, solo debería abonarse la mitad del coste inicial de la multa. No obstante, esta demanda recurrió puesto que se consideró que no había existido ningún mandato expreso e individualizado que hubiera sido desobedecido. Sin embargo, este martes un juez acredita lo contrario, es decir, que sí hubo una orden clara e individual hacia la demandada.
Esta medida sienta precedentes dado que es la primera sanción confirmada por este motivo en la región. Asimismo, en este caso no habrá posibilidad de recurrir.