Móstoles implementa la Zona de Bajas Emisiones: Multas de 200 euros para coches sin etiqueta

Móstoles se suma a la lista de municipios que han decidido introducir una Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en sus áreas más céntricas

Esta medida busca regular el tráfico y reducir la contaminación en la «almendra central» de la ciudad. Boadilla y Majadahonda, también en la Comunidad de Madrid, han adoptado recientemente iniciativas similares. La ZBE de Móstoles, conocida como Área 20, abarca las vías comprendidas entre la calle del Cristo, calle Juan XXIII, calle Reyes Católicos, calle Independencia, calle Ricardo Medem y calle Andrés Torrejón. La implementación de esta zona está respaldada por el artículo 14.3 de la Ley 7/2021, que permite a los municipios con más de 50.000 habitantes crear ZBE.

Vehículos Permitidos en el Área 20

Según la regulación publicada por el Ayuntamiento de Móstoles, los vehículos que pueden acceder al Área 20 son:

  • Bicicletas, otros ciclos y vehículos de movilidad urbana (VMU).
  • Vehículos de residentes empadronados en el Área 20 en régimen de propiedad, usufructo, renting o leasing.
  • Vehículos con categoría 0 emisiones, ECO, B y C de clasificación ambiental.
  • Vehículos destinados al traslado de personas con movilidad reducida.
  • Vehículos de servicios públicos esenciales, incluyendo fuerzas de seguridad, bomberos, protección civil, salvamento y ambulancias.

Para garantizar el cumplimiento de estas normas, se han instalado cámaras en el perímetro del Área 20 que registran las matrículas de los vehículos. Las infracciones a esta normativa se consideran graves y conllevan multas de 200 euros, reducibles al 50 % si se pagan dentro de los 20 días naturales.

Excepciones para el Acceso al Área 20

Además de los vehículos previamente mencionados, hay ciertos vehículos que podrán acceder de forma excepcional al Área 20:

  • Vehículos rotulados de Administraciones Públicas o contratistas que presten servicios básicos.
  • Vehículos que presten servicios de urgencia en la vía pública.
  • Taxis y vehículos de arrendamiento con conductor con distintivo ambiental.
  • Vehículos de empresas o profesionales que presten servicios o realicen entregas en el Área 20.
  • Motocicletas y triciclos con distintivo ambiental en horarios establecidos.
  • Vehículos de propietarios de plazas de garaje en el área.
  • Vehículos de autoescuelas ubicadas en el Área 20 destinados a prácticas de conducción.

Multas y Control de Acceso

La normativa de la ZBE de Móstoles afectará principalmente a los vehículos sin etiqueta ambiental, es decir, aquellos de gasolina matriculados antes del año 2000 y diésel anteriores a 2006. A partir del 1 de julio de 2024, estos vehículos serán sancionados si se detecta su circulación en el Área 20 sin el correspondiente distintivo ambiental. Las multas, de 200 euros, se pueden reducir a 100 euros con el pronto pago, y no conllevan pérdida de puntos en el carnet de conducir. Para verificar si un vehículo tiene el distintivo adecuado, los propietarios pueden consultar la página web de la Dirección General de Tráfico (DGT) e ingresar la matrícula del vehículo para conocer su categoría ambiental.