La Consejería de Presidencia, Sanidad y Emergencias de la Junta de Andalucía ha informado sobre los derechos que asisten a los afectados por el cierre de clínicas dentales, especialmente en relación con tratamientos no finalizados y el ejercicio de acciones de reclamación.
Según el organismo, los pacientes que han visto interrumpidos sus tratamientos odontológicos tienen derecho a reclamar por los servicios no completados. Esta reclamación debe dirigirse, en primer lugar, a la clínica dental responsable o a sus sucesores legales.
Reclamaciones a entidades financieras
La Consejería de Consumo subraya un aspecto fundamental: si el tratamiento dental fue financiado mediante un crédito o producto financiero, la reclamación también debe dirigirse a la entidad financiera que concedió el crédito. Esta medida busca garantizar que los afectados puedan recuperar las cantidades abonadas o no finalizadas a través de todos los cauces disponibles.
Recomendaciones para los pacientes
Desde la Consejería se recomienda a los afectados documentar adecuadamente su situación, conservando todos los comprobantes de pago, contratos de financiación y comunicaciones con la clínica dental. Estos documentos servirán como prueba en el proceso de reclamación ante la clínica y ante la entidad financiera correspondiente.
Los ciudadanos andaluces pueden solicitar asesoramiento adicional a las oficinas de Consumo de su localidad para conocer el procedimiento específico de reclamación que se ajuste a su caso particular.

Fuente: Junta de Andalucía
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