Almería, 27 abr (EFE).- Greenpeace ha trasladado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que la desclasificación de los terrenos de El Algarrobico aprobada este miércoles por el Ayuntamiento de Carboneras (Almería) en pleno, es nula de pleno derecho, toda vez que no ha sido sometida a información pública.
En un escrito remitido al Alto Tribunal andaluz, consultado por EFE, el colectivo ecologista recuerda que en dicho pleno, urgente y extraordinario, se aprobó de forma definitiva la modificación del planeamiento urbanístico en lo que se refiere a los sectores ST1 y ST2 (El Algarrobico y El Canillar).
“La convocatoria se realizó con una anticipación de 48 horas”, apunta Greenpeace, que añade que de acuerdo a la LISTA este tipo de modificaciones puntuales debe comenzar “con la aprobación inicial en un pleno municipal para seguidamente someter el expediente a exposición pública y finalmente someter la aprobación definitiva a un nuevo pleno”.
“No someter el expediente a exposición pública supone su nulidad de pleno derecho de acuerdo con reiterada jurisprudencia pues se causa indefensión a posibles personas afectadas por la modificación del planeamiento como podría suceder si por ejemplo se cometiese un error en la planimetría y se incluyese en la zona protegida a algún colindante ajeno al proceso”, añaden.
Sostienen que la ejecución de la sentencia del TSJA, confirmada por el Tribunal Supremo (TS) que obligaba al Consistorio a declarar estos sectores como no urbanizables, “no puede obviar” este procedimiento.
“Estamos ante una maniobra dilatoria más del Ayuntamiento de Carboneras para eludir el cumplimiento de esta sentencia que es firme desde hace un lustro. La convocatoria del pleno con carácter de urgencia tiene como objeto evitar la imposición de multas periódicas al alcalde de Carboneras (…) aparentando su cumplimiento pero sin cumplir realmente con lo ordenado, a sabiendas”, mantienen.
Subrayan que el Gobierno local ha realizado durante los últimos años hasta 28 modificaciones puntuales del planeamiento vigente, por lo que el Ayuntamiento “conoce a la perfección los trámites necesarios”.
“No pueden cometer errores como el no someter la modificación a exposición pública el expediente. La renuente conducta municipal en este procedimiento es similar al llevado a cabo con respecto a otras sentencias de hace tres lustros, por ejemplo las relativas a la anchura de 100 metros de la servidumbre de protección de costas, o el subterfugio afirmando que no cumple la sentencia (…) que le obliga a revisar de oficio la licencia de obras porque el Tribunal Supremo todavía no ha remitido los autos al TSJA”, afirman.
En este sentido, sostienen que este último fallo es firme desde el 18 de mayo de 2022 y el Ayuntamiento “no tiene que esperar a la remisión de los autos para cumplir la sentencia”.
“Esta actitud obstruccionista municipal se debe a dos razones, en primer lugar porque quiere evitar la indemnización a la promotora Azata S.A y a sus filiales y de otra, porque ni la mercantil ni el Consistorio han renunciado a la apertura del hotel” construido en El Algarrobico.
“A juicio de esta parte procede acordar imponer una sanción periódica de 700 euros al alcalde de Carboneras y dar traslado a la fiscalía de lo actuado”, concluye Greenpeace.