“Todos los contratos que superen la cifra de 100.000 euros contarán de forma obligatoria con una cláusula de transparencia fiscal mediante la cual se impondrá al contratista que presente una declaración responsable en la que afirme que no realiza operaciones financieras en paraísos fiscales”, ha señalado la alcaldesa de Alcorcón, Natalia de Andrés
El Ayuntamiento de Alcorcón ha aprobado la guía de inclusión de cláusulas sociales y medioambientales para la contratación pública. Según ha indicado en rueda de prensa la alcaldesa de Alcorcón, Natalia de Andrés, se trata de “una obligación que marca la ley desde hace dos años”.
En este sentido, ha explicado que la Ley de Contratos del Sector Público impone que debe haber al menos una condición especial de ejecución de carácter social y/o medioambiental, por lo que ha mostrado su sorpresa por el hecho de que “el Ayuntamiento no haya cumplido la ley en este aspecto”.
En este sentido, la alcaldesa ha señalado que se definirán los planteamientos según la ley para incluir las condiciones especiales de ejecución de carácter social y medioambiental, los cuales se introducirán también en la solvencia, criterios de adjudicación y requisitos técnicos de los contratos que licite el Ayuntamiento.
Por otra parte, Natalia de Andrés ha planteado “que se establece la reserva de un 7% mínimo, que podrá incrementarse hasta un 10%, para centros especiales de empleo de iniciativa social y empresas de inserción de personas con diferente capacidad una vez se determine toda la contratación en el Ayuntamiento y de acuerdo a los criterios que determina la ley”.
Además, la alcaldesa, ha resaltado otras cuestiones interesantes como que todos los contratos que superen la cifra de 100.000 euros contarán de forma obligatoria con una cláusula de transparencia fiscal mediante la cual se impondrá al contratista que presente una declaración responsable en la que afirme que no realiza operaciones financieras en paraísos fiscales.
En el ámbito social también hay otros criterios que se van a valorar por parte de los técnicos municipales, según ha indicado, como “la utilización de un lenguaje no sexista, la contratación de hombres y mujeres en condiciones de igualdad, el fomento del empleo de personas con discapacidad, la creación de empleo para personas con dificultades de acceso al mercado laboral, la estabilidad laboral, la formación en el puesto de trabajo, el comercio justo y la transparencia fiscal.”
Respecto al ámbito medioambiental, ha destacado también como ejemplos de estas condiciones especiales de ejecución “los trabajos, informes y materiales que se realicen en soporte digital, la formación ambiental para personal, la utilización del caucho reciclado en mezclas asfálticas, la utilización de vehículos conforme norma V o eléctricos y la separación de residuos ‘in situ’ y contenedores rotulados e identificables. Son medidas sencillas que van formar parte de un gran plan de actuación”, tal y como ha señalado.
Entre los criterios de adjudicación que deberán valorar los técnicos municipales para su inclusión en los pliegos de cláusulas administrativas figuran cuestiones sociales como “el compromiso con la igualdad de género, las medidas que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral; la accesibilidad universal y de diseño para todas las personas, la contratación de mujeres víctimas de violencia de género y la contratación de mujeres también en puestos de responsabilidad”.
Además, se tendrán en cuenta criterios como “la creación de empleo para personas con dificultad al acceso al mercado laboral, las mejoras laborales y salariales, la estabilidad en el empleo, el apoyo al trabajo autónomo y el proyecto de inserción sociolaboral”, ha indicado Natalia de Andrés.
En cuanto a los criterios medioambientales, se valorarán empresas inscritas en el Registro de Huella de Carbono, la utilización vehículos con distintos ambientales, el hecho de que la energía eléctrica proceda de fuentes renovables, la calidad ambiental de productos suministrados, la presentación de un Plan de Gestión de Residuos, el desplazamiento en medios que no contaminen como transporte público o vehículo con clasificación “cero emisiones”.