El Tribunal Constitucional rechaza la petición del PSOE de revisar los votos nulos en Madrid del 23-J

Vista del Tribunal Constitucional en Madrid. EFE/ Zipi

En una decisión unánime, el Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado la solicitud de amparo presentada por el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) para llevar a cabo un recuento de los votos nulos en la provincia de Madrid durante las elecciones generales del 23 de julio pasado

Estos votos nulos, que ascendían a alrededor de 30,000 papeletas, eran cruciales para facilitar la investidura de Pedro Sánchez como presidente del Gobierno.

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, que se reunió de urgencia desde las 9:00 horas, respaldó la ponencia de la magistrada progresista Laura Díez, que proponía rechazar la impugnación presentada por el PSOE.

El TC estableció en su sentencia que aquellos que soliciten la revisión de los votos nulos deben fundamentar su solicitud en la denuncia de irregularidades durante el proceso electoral. Aunque no se exige una prueba plena de la irregularidad alegada en estos casos, sí es necesario presentar al menos indicios de tales irregularidades, según indicaron los magistrados.

El PSOE argumentó que se había vulnerado el derecho al sufragio pasivo al condicionar la solicitud de revisión de todos los votos nulos a un requisito no previsto en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), es decir, la presentación de indicios de irregularidades.

El TC reconoció que la LOREG no establece requisitos para ejercer este derecho de reclamación y que se debe aplicar el principio de interpretación más favorable a la efectividad de los derechos fundamentales. Sin embargo, la Sala Segunda consideró otros factores que la llevaron a concluir que la exigencia de presentar indicios de irregularidades no vulnera la Constitución.

Entre estos factores, se incluyen los principios de conservación de los actos electorales válidamente celebrados y la presunción de validez de los actos de las juntas electorales, junto con el principio de proporcionalidad. Según la sentencia, la celeridad en la obtención de los resultados electorales definitivos es un bien jurídico a proteger desde una perspectiva de proporcionalidad, y permitir reclamaciones generalizadas de recuento de votos podría socavar este proceso.

El criterio del fiscal jefe del TC, Pedro Crespo, quien argumentó que no existe un derecho a solicitar el recuento de votos nulos basado únicamente en la voluntad, fue respaldado por los magistrados, incluyendo al magistrado conservador Enrique Arnaldo en un voto particular. Otras voces en la corte de garantías también se expresaron en contra de permitir recuentos electorales sin indicios de irregularidades.

La decisión del TC contrasta con su anterior decisión del 5 de septiembre, cuando la mayoría progresista de la misma sala había acordado admitir el amparo electoral en base a una ponencia de Laura Díez. Cabe señalar que el Partido Popular (PP) había recusado a la magistrada ponente argumentando que su pasado cargo en Moncloa la hacía parcial en este asunto, pero la Sala Segunda rechazó la recusación por unanimidad.

Las papeletas nulas en cuestión permitieron que el líder del PP, Carlos García Adanero, fuera proclamado como diputado electo, impidiendo que el socialista Javier Rodríguez Palacios obtuviera un escaño. Si el PSOE hubiera sumado este diputado, habría tenido una ruta más fácil hacia la investidura de Pedro Sánchez, ya que no habría necesitado el voto a favor de Junts, bastando con una abstención del partido de Carles Puigdemont.

El Tribunal Supremo (TS) también había rechazado la pretensión del PSOE anteriormente, argumentando que la diferencia numérica en los resultados no era suficiente para justificar la revisión.

El ala socialista del Gobierno ha aceptado la decisión del Tribunal Constitucional y ha pedido al PP que rectifique sus críticas anteriores al tribunal, destacando que siempre respetaron los canales y subrayando que nunca afirmaron que hubiera un pucherazo durante el proceso electoral, lanzando así un reproche a la oposición por las críticas previas y la controversia generada en torno al voto por correo.