CCOO ha solicitado que se reanude la inscripción de los cursos de formación individual de los funcionarios docentes interinos en el registro de formación permanente del profesorado
La Secretaria General de la Federación de Enseñanza de Comisiones Obreras de Madrid, Isabel Galvín, ha remitido solicitud formal al Subdirector General de Formación del Profesorado, Vicente Alcañiz Miñano, para que se reanude la inscripción de los cursos de formación del profesorado interino en el Registro de Formación Permanente del Profesorado, que ha dejado de realizarse de manera repentina incumpliendo la normativa vigente al efecto, aumentando los pasos administrativos al colectivo de profesorado interino para el reconocimiento de sus méritos de formación.
Tras varias preguntas realizadas al sindicato por profesorado interino al respecto, la Secretaría General de Enseñanza envió una consulta a dicho organismo para conocer las causas de este nuevo proceder por parte del Registro de Formación Permanente del Profesorado.
En la respuesta por escrito remitida desde el Registro, no se da explicación de los motivos de este cambio de actuación de la Administración, y sólo se describen los otros procedimientos por los cuáles los profesores interinos pueden hacer que sean reconocidos sus méritos en los distintos procesos selectivos, o realizar la inscripción de dicha formación, para sus efectos retributivos, a partir del momento de iniciar su vida laboral como funcionarios.
Este nuevo modo de actuar impuesto desde el Registro vulnera, al menos, los artículos 11 y 12 del Decreto 120/2017, de 3 de octubre, por el que se regula la formación permanente, la dedicación y la innovación del personal docente no universitario de la Comunidad de Madrid, y donde se establece que dichos cursos deben ser registrados, también por el personal interino, en el organismo correspondiente, para su posterior reconocimiento en los distintos procesos administrativos.
Lo mismo ocurre con la Orden 2453/2018, de 25 de julio, de la Consejería de Educación, que regula la formación permanente, la dedicación y la innovación del personal docente no universitario de la Comunidad de Madrid, en sus artículos 2, 13,15 y 16 en los que se establece el funcionamiento y las tareas a realizar por dicho Registro.
Por otro lado, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por Auto de 9 de febrero de 2012, ya consideró discriminatorio el no abono de los sexenios a los funcionarios interinos. CCOO entiende que no procede esta actuación por parte de la Consejería de Educación puesto que no existe normativa que ampare esta discriminación que de hecho sufre al profesorado interino al no poder inscribir los cursos que realiza.
Esta práctica de la Consejería perjudica mucho a este profesorado a la hora de que sean reconocidos sus complementos retributivos de formación, los llamados sexenios, ya que el requisito imprescindible para que se hagan efectivos es la acreditación de que los cursos están inscritos en este Registro.
La Consejería debe rectificar y debe reiniciar inmediatamente la inscripción de los cursos realizados por todo el profesorado interino de forma que sea reconocida su formación en condiciones de igualdad.