El Instituto Municipal de la Vivienda habilita un servicio de información sobre ayudas en hipotecas, alquileres y suministros básicos por la emergencia sanitaria

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Ayuntamiento de Fuenlabrada

Destinado a personas en situación de vulnerabilidad económica y social

El Ayuntamiento de Fuenlabrada ha puesto en marcha un servicio de información y asesoramiento, a través del Instituto Municipal de la Vivienda de Fuenlabrada (IMVF), para facilitar el acceso a la ciudadanía al programa de ayudas aprobadas por el Gobierno en materia hipotecaria, alquileres y suministros básicos.

La situación excepcional generada por la emergencia sanitaria del COVID-19 ha ocasionado que muchas personas se encuentren
en situación de vulnerabilidad económica y social, al haber perdido temporalmente su empleo o reducido de forma significativa sus ingresos.

Para mejorar el estado de estas familias el Gobierno de España ha arbitrado diversas ayudas para el pago de hipotecas y alquileres, así como bonos sociales para algunos suministros básicos como la energía eléctrica, el gas o agua.

El Real Decreto-ley 11/2020 regula las condiciones para acogerse a la moratoria de hipotecas y alquileres. Asimismo, compañías suministradoras como el Canal de Isabel II o Iberdrola han arbitrado líneas de apoyo para bonificar o fraccionar los pagos.

Las personas que se encuentren en esta situación y necesiten asesoramiento o información deberán contactar con el Instituto Municipal de Vivienda de Fuenlabrada para informarte de los requisitos necesarios para acogerse a las ayudas y la forma de solicitarlas.

Pueden remitir su consulta a [email protected] o contactar en el teléfono 916497000 (Extensión 5303), de lunes a viernes, de 09:00 a 14:00 horas.

Para poderse acoger a estas ayudas las familias deben cumplir los siguientes requisitos:
1. Estar en situación de desempleo, ERTE, reducción de jornada, o sufrir una pérdida sustancial de sus ingresos como consecuencia de la emergencia sanitaria por el COVID-19.
2. Que el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar no supere 3 veces el IPREM (1.613,52 €/mes). Para familias con hijos, mayores de 65 años a cargo y discapacitados, la cuantía es superior.
3. Que la cuota hipotecaria o de alquiler, más los gastos y suministros básicos, resulte superior o igual al 35% de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar.