La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado hoy, miércoles 5 de diciembre, el gasto de 4 millones de euros destinado al denominado «IBI cultural».
Se trata de una subvención a los gastos de explotación de salas, teatros, galerías de arte, librerías y otros locales en la capital que desarrollan actividades culturales. Es decir, se ofrecerá una subvención correspondiente a la cuota del Impuesto de Bienes Inmuebles de los edificios donde lleven a cabo la actividad.
El «IBI cultural» se suma al resto de medidas que forman el plan estructural del impulso de la cultura que lleva a cabo el Consistorio a través del Área de Cultura y Deportes en colaboración con el Área de Economía y Hacienda.
Este plan incluye medidas como la segunda edición de las subvenciones de cultura con un importe anual de 9 millones de euros y que arrancaron en 2017 multiplicando por 10 las ayudas existentes hasta ese momento a la cultura madrileña.
También se suma a estas líneas de acción, el reciente plan de apoyo de 5 millones de euros para impulsar el sector del videojuego, espacios culturales y nuevas narrativas audiovisuales que permitirá a las empresas solicitar avales por el 100 % de su inversión.
En el caso del «IBI cultural» se trata de una subvención en régimen de concurrencia no competitiva destinada a gastos de explotación de salas, teatros y otros locales donde se desarrollan actividades culturales hasta el importe del IBI.
Con el objetivo de apoyar la actividad cultural, a mediados de diciembre se lanzará una convocatoria para que las empresas privadas y entidades culturales sin ánimo de lucro que realizan actividades culturales en Madrid puedan solicitar una subvención por los gastos de explotación por el importe del IBI del inmueble.
En el caso de la convocatoria de 2018, la ayuda abordaría los gastos realizados entre el 1 enero y el 31 de diciembre de 2018 por un importe máximo en cada año de 15.000 euros por actividad y 66.000 por beneficiario.
Requisitos de los solicitantes
Para optar a la convocatoria es necesario cumplir los siguientes requisitos:
- Las empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, así como las entidades culturales sin ánimo de lucro, que gestionen las actividades culturales referidas en teatros, cines, danza, circos, salas de exposición, librerías, galerías de arte y salas de música en vivo –excluidas las discotecas– siempre y cuando se desarrollen en inmuebles radicados en el término municipal de Madrid.
- El inmueble deberá tener actividad cultural desde, al menos, el 1 de enero de 2018.
- Las entidades solicitantes tienen que ostentar la titularidad de la gestión de la sala, en régimen de propiedad, arrendamiento, cesión o cualquier otro título jurídico que acredite y garantice la gestión y explotación del local.
- No se admitirán solicitudes de entidades en las que la participación mayoritaria en su capital social, patrimonio fundacional o en sus órganos de gobierno, administración o dirección corresponda a cualquier administración pública.