Madrid, 19 may (EFE).- La consejera de Familia, Juventud y Política Social, Concepción Dancausa, ha afirmado este jueves que son necesarias «pruebas que no se hayan obtenido de forma ilegal» para abrir la investigación a los cursos para «curar» la homosexualidad impartidos supuestamente por el Obispado de Alcalá de Henares.
Así lo ha trasladado a una comparecencia solicitada por Más Madrid, después de que su diputado Eduardo Rubiño presentase este martes un recurso de alzada para que el Gobierno abra esta investigación, que el pasado abril el Ejecutivo regional cerró la sobre estos cursos, en base a las tres denuncias presentadas, una de Fernández Rubiño, otra de la asociación Arcópoli y la tercera de FACUA.
«Hay que presentar pruebas que sean tenidas en cuenta y no de forma ilegal», ha espetado Dancausa, quien ha afirmado que le parece «fenomenal» el recurso de alzada presentado por Más Madrid, al igual que si no le gusta la resolución que «acuda a los tribunales.
En su defensa se ha remitido al informe del Defensor del Pueblo, en el que apuntaba que «no considera posible abrir un procedimiento sancionador, a la vista de que la principal prueba de cargo consistía en los registros de llamadas, grabaciones, correos electrónicos y documentación aportados por un periodista, obtenidos sin el consentimiento de uno de los interlocutores».
Eldiario.es publicó el reportaje de un periodista que acudió el 21 de marzo de 2019, como «un joven que quiere cambiar su orientación», a una sesión de terapias ofrecida «para 'curar' la homosexualidad» en el Centro de Orientación Familiar Regina Familia, perteneciente a la Diócesis de Alcalá de Henares.
Así, desde la Consejería de Políticas Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid indicaron que, tras las diligencias realizadas, se consideró que «no era posible abrir un expediente sancionador» ya que las «únicas pruebas» fueron los registros de llamadas, grabaciones, correos electrónicos y documentación aportada por el periodista que «habían sido obtenidos sin el consentimiento de uno de los interlocutores».
La Ley 3/2016 de Protección Integral contra la LGTBIfobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual de la Comunidad de Madrid recoge como infracción muy grave «la promoción y realización de terapias de aversión o conversión con la finalidad de modificar la orientación sexual o identidad de género de una persona», lo que supondría una multa de 20.001 hasta 45.000 euros.