La Junta aprueba una rebaja de tipo general del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales

La medida del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales entrará en vigor después de su publicación en el decreto ley del BOJA

La Junta de Andalucía ha aprobado un decreto ley que rebaja el tipo general del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentales (ITPAJD). El fin de la medida consiste en facilitar la reactivación económica en Andalucía. El decreto ley estará vigente a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

Desde el Parlamento de Andalucía, se ha trasladado la ley al resto de provincias. La medida consistirá en una reducción del tipo de gravamen aplicable a la transmisión de inmuebles (Transmisiones Patrimoniales Onerosas) y a la formación y traspaso de derechos reales sobre ellos. Se exceptúan los derechos de garantía, entre los que se encuentran del 8%, 9% y 10%, a un único tipo general del 7%. De la misma manera ocurre con el gravamen general para los documentos notariales (Actos Jurídicos Documentados), que descrecen desde el 1,5% al 1,2%.

Hasta el nuevo decreto ley, la base imponible se multiplicaba por el tipo del 8% del primer tramo de tarifa en una tranmisión de un inmueble valorado en 180.000 euros entre dos particulares, por lo que la cuota tributaria era de 14.400 euros. Con la recién aprobada medida, la cuota tributaria final es de 12.600 euros tras aplicar un tipo general del 7%. El ahorro que se produce es, por tanto, de 1.800 euros.

Los miembros de la Junta defienden que la rebaja del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es necesaria. Ejemplifican con un caso de transmisión entre particulares de  una plaza de garaje, valorada en  24.000 euros. Hasta ahora la cuota tributaria a pagar era de 1.920 euros (se aplica el tipo del 8%). Sin embargo, con el tipo universal del 7%, la cuota final es de 1.680 euros. Con lo que se ahorrarían 240 euros.

Tras su publicación en el BOJA, la medida tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021. Con ella, se persigue un doble objetivo. Por una parte, reactivar el sector inmobiliario, por medio del abaratamiento de la tribucación vinculada a la compra-venta de vivienda de segunda mano. Por otra parte, incentivar la oferta de obra nueva a precios más asequibles. Lo consiguen mediante la reducción de los costes fiscales gravados por la modalidad de AJD. En definitiva, el propósito final es aliviar la carga fiscal en el acceso a la vivienda.